Los automotores o motovehículo que no figuren en la nueva tabla de precios, el Registro Seccional interviniente deberá adicionarle un 8% al valor establecido para el año inmediato anterior.
El Gobierno aprobó una nueva tabla de valuación de automotores y motovehículos a nivel nacional, que se utiliza para calcular los aranceles que deben pagar los ciudadanos por los trámites de inscripción inicial y transferencia de estos bienes.
La Disposición 473/2023 fue publicada este martes en el Boletín Oficial, y la nueva tabla de valores entró en vigencia a partir del 1 de enero de 2024, sustituyendo la anterior. El esquema se confeccionó teniendo en cuenta los valores provistos por organismos públicos y organismos que nuclean a comerciantes habitualistas y fabricantes.
Además, el texto también establece que, para los casos en que el modelo y año de un automotor o motovehículo no esté valuado en la lista, el Registro Seccional interviniente deberá adicionarle un 8% al valor establecido para el año inmediato anterior. En su defecto, serán de aplicación las previsiones contenidas en la Resolución ex M.J. y D.H. N° 314 del 16 de mayo de 2002 y sus modificatorias.
Qué establece la Disposición 473/2023
-Se aprueba una nueva tabla de valuación de automotores y motovehículos para Argentina.
-La nueva tabla entró en vigencia el 1 de enero de 2024.
-La tabla se ha confeccionado teniendo en cuenta los valores provistos por organismos públicos y organismos que nuclean a comerciantes habitualistas y fabricantes.
-Para los casos en que el modelo y año de un automotor o motovehículo no esté valuado en la tabla, el Registro Seccional interviniente deberá adicionarle un 8% al valor establecido para el año inmediato anterior.