Un juez federal hizo lugar a un amparo y pidió readecuar las cuotas y retrotraer los aumentos tras el DNU de Javier Milei.
La Justicia Federal de San Martín (Buenos Aires) ordenó a una empresa de medicina prepaga dejar sin efecto los aumentos aplicados a uno de sus afiliados al amparo de las disposiciones que estableció al respecto el DNU de Javier Milei, al que cuestiona por su “absoluta inconstitucionalidad”. Se trata de la segunda cautelar de la semana sobre la suba de las prepagas.
El fallo hacer lugar a la medida cautelar solicitada por Luis Alberto Millet, un jubilado atendido por la prepaga Galeno Argentina S.A., que deberá limitarse a “efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del art. 17 (no sustituido) de la Ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva”.
La decisión del juez subrogante Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto se suma a la conocida días atrás por parte de la jueza federal de San Martín Martina Forns, quien también dictó una medida cautelar a través de la cual ordenó a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires readecuar las cuotas de su plan de salud, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU.
Portocarrero señaló en su fallo que el demandante pasó de pagar una factura de $ 81.403,22 en diciembre de 2023 a una de $ 151.405,23 en enero de este año, “lo que significó un aumento mayor al 85% de un mes al otro, sin aviso alguno”.
“Por otra parte, el pasado 4 de enero del corriente, recibió una nueva comunicación, informando otro aumento para el mes de febrero de 28,5%”, prosiguió, de lo que se desprende que “durante el último mes, se aplicó un aumento que supera el 100%, siendo que conforme a las constancias adjuntadas sus haberes previsionales resultan por un total de $240.511,67, por lo cual le resulta imposible afrontar dicho pago”.
Asimismo, se hace saber que el demandante “padece diabetes tipo 1 desde los 11 años y además comenzó a usar una bomba de insulina hace 35 años”.