La Justicia ordena a la ANDIS restituir las pensiones suspendidas en todo el país


La Justicia federal determinó que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) actuó de manera irregular al suspender pensiones no contributivas en todo el país y ordenó que los pagos retenidos sean restituidos en un plazo máximo de 24 horas. La medida fue dictada por el Juzgado Federal N° 2 de Catamarca, que hizo lugar a un amparo colectivo presentado por asociaciones de personas con discapacidad, titulares afectados y el Defensor del Pueblo provincial.

El reclamo judicial se produce en un contexto de investigación penal que involucra al exdirector de la ANDIS, Diego Spagnuolo, y a varios funcionarios y operadores externos, acusados de presunto manejo irregular de fondos y compras dentro del organismo.

Desde julio, miles de titulares comenzaron a recibir notificaciones sorpresivas sobre la suspensión de sus pensiones, sin información previa ni posibilidad de ejercer su derecho a defensa. Además, las organizaciones denunciaron irregularidades en la metodología de las auditorías médicas implementadas por la agencia.

En su descargo, la ANDIS sostuvo que las suspensiones se aplicaron conforme a los decretos 698/2017 y 843/2024, únicamente en casos donde no se acreditaron los requisitos médicos necesarios, y que las auditorías contaban con notificación previa. Sin embargo, la Justicia rechazó estos argumentos, señalando que el organismo “no acreditó la existencia de actos administrativos individuales que establecieran las bajas”, lo que indica que las suspensiones carecieron de sustento jurídico y de procedimiento regular.

Un fallo con alcance nacional

El juzgado remarcó que las pensiones no contributivas son propiedad de sus titulares y solo pueden ser suspendidas mediante un mecanismo que respete el debido proceso y la defensa en juicio. Por ello, ordenó la restitución de los pagos retenidos en un plazo de 24 horas, con alcance en todo el país.

El fallo advirtió que las interrupciones realizadas por la ANDIS vulneraron derechos básicos de un sector especialmente vulnerable y estableció que cualquier auditoría o revisión futura deberá respetar la normativa vigente, garantizar notificación fehaciente y asegurar el derecho a réplica de los titulares.