La Justicia federal suspendió la resolución que prohíbe a municipios cobrar tasas en facturas de servicios públicos


El juez federal Adrián González Charvay dictaminó la suspensión de la Resolución 267/2024, emitida por la Secretaría de Comercio e Industria, que impedía a los municipios adicionar tasas locales en las facturas de servicios públicos esenciales, como luz y gas. Esta decisión surge tras una presentación realizada por el municipio de Pilar, en la provincia de Buenos Aires.

La resolución gubernamental, que buscaba garantizar que las boletas de servicios esenciales solo incluyeran los costos correspondientes al consumo, fue temporalmente suspendida, permitiendo al municipio continuar cobrando tributos municipales a través de las facturas de servicios. Pilar argumentó la legalidad de esta práctica, respaldada por la Ley provincial N° 10.740 y un convenio con la distribuidora de electricidad EDENOR, mediante el cual los impuestos locales se cobraban directamente en las facturas de electricidad.

El juez González Charvay consideró los argumentos del municipio y resolvió “hacer lugar a la medida cautelar”, ordenando la suspensión de los efectos de la resolución nacional hasta que se resuelva la medida cautelar definitiva en el proceso judicial. Además, solicitó al Ministerio de Economía un informe en un plazo de tres días, en conformidad con lo establecido por la Ley 26.854.

La medida gubernamental suspendida, impulsada por el ministro de Economía, Luis Caputo, fue anunciada recientemente a través de la plataforma X (antes Twitter) y pretendía eliminar cualquier cargo adicional en las facturas de servicios públicos, limitándolas únicamente al costo del servicio contratado. Aunque el fallo aplica solo al municipio de Pilar, podría abrir el camino para que otros municipios busquen medidas similares. Primera Edición