El máximo tribunal convocó a un acuerdo extraordinario para este viernes, con el objetivo de resolver un pedido de medida cautelar vinculado con la Ley de Tierras. La presentación fue impulsada por una asociación ambientalista, dos comunidades indígenas y una legisladora de Río Negro.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó a un acuerdo extraordinario para este viernes a las 9, con el fin de analizar una medida cautelar que podría restablecer provisoriamente las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros, derogadas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023.
Para acelerar el procedimiento, los jueces redujeron de 72 a 24 horas el plazo para presentar impugnaciones contra la integración de los conjueces designados para intervenir en el expediente. Además, habilitaron días y horas inhábiles para avanzar con la resolución.
El caso fue iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie, junto con otros demandantes, entre ellos las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon, y está vinculado con el proceso colectivo promovido por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata.
Los demandantes solicitaron una aclaración sobre el alcance de la resolución anterior de la Corte, debido a que su amparo colectivo fue considerado conexo al expediente del CECIM. En ese marco, buscan que el tribunal precise los efectos de aquel fallo sobre su propia causa.
Para intervenir en el expediente fueron designados los conjueces Diego Barroetaveña, de Casación, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Ambos aceptaron el cargo. Como suplentes quedaron Jorge Morán, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, y Eduardo Farah, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
El antecedente que generó controversia
La nueva intervención judicial se produce después de que la Corte revocara, la semana pasada, una sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras dispuesta mediante el DNU 70/2023. En aquella resolución, los magistrados consideraron que el CECIM no tenía legitimación activa para cuestionar la medida.
El fallo generó críticas de sectores de la oposición y reactivó la posibilidad de impulsar en el Congreso una sesión especial para debatir la derogación integral del DNU.
Ante las repercusiones, el máximo tribunal difundió un comunicado en el que aclaró que su decisión se había limitado a una cuestión procesal y que no afectaba otras medidas cautelares con el mismo objeto que se encuentran en trámite ante distintos tribunales.
También señaló que la resolución no impedía que otras personas u organizaciones que consideraran inconstitucional el régimen legal de tierras solicitaran medidas cautelares ante los jueces competentes.
Qué debe resolver el máximo tribunal
En esta nueva instancia, la Corte deberá definir si remite el expediente a la Justicia Federal de La Plata o de Bariloche, o si interviene directamente para resolver la cautelar, una alternativa excepcional vinculada con situaciones de urgencia.
El punto central es determinar si corresponde restablecer, al menos de manera provisoria, las restricciones previstas en la Ley 26.737 para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.
La decisión podría reabrir el debate judicial sobre el alcance de la derogación dispuesta por el Gobierno nacional y sus efectos sobre el régimen de propiedad de tierras rurales en la Argentina.

