Dr. César Raúl Jiménez critica proyecto de bajar la edad de punibilidad y lo califica de retroceso en derechos infantiles


La Cámara de Diputados de la Nación aprobó un proyecto que establece un nuevo Régimen Penal Juvenil y reduce la edad de imputabilidad a 14 años. Para el Dr. César Raúl Jiménez, ex juez correccional y de menores de la provincia de Misiones, la medida representa un retroceso en los derechos de niños y adolescentes y no contribuye a prevenir delitos.

En diálogo exclusivo con Nuestras Mañanas, señaló que la legislación castiga a los menores vulnerables en vez de protegerlos. “La cárcel no es la solución”, afirmó, y agregó: “Antes de encarcelar, deberíamos invertir en prevención: educación, recreación, clubes, salud y políticas sociales que acompañen verdaderamente a los niños y adolescentes”.

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Durante la conversación en los estudios de La Creíble FM 105.9, Jiménez cuestionó la idea de que la seguridad se logra aumentando la punitividad hacia los jóvenes.

“Estadísticamente, de cada diez delitos, solo uno es cometido por un menor, en su mayoría pertenecientes a sectores empobrecidos y con problemas de adicción. El encierro ha sido superado en Argentina. La solución pasa por un nuevo régimen juvenil basado en educación, prevención y reinserción”, afirmó.

El ex juez recordó que la historia legislativa argentina, desde la Ley Agote (N° 10.903), sancionada en 1919, hasta la Ley 22.278 de Régimen Penal de la Minoridad, sancionada por la dictadura cívico-militar argentina el 25 de agosto de 1980 y firmada por Jorge R. Videla, permitía la judicialización de menores, siempre dejando criterio al juez. “Pensar que resolvemos la situación social de un niño a través de la represión es regresivo”, aseguró.

Críticas a la reducción de la edad de imputabilidad

Jiménez advirtió que bajar la edad a 14 años contradice las recomendaciones del Comité Internacional de los Derechos del Niño de la ONU, que respalda mantener los 16 años como mínimo. Además, señaló que la legislación actual no contempla soluciones para los menores no punibles, dejando sin protección a niños de 10 o 12 años que cometen ilícitos.

El especialista también criticó la falta de políticas públicas y financiamiento: “Antes de encarcelar, deberíamos invertir en prevención: educación, recreación, clubes, salud y políticas sociales que verdaderamente acompañen a los niños y adolescentes”.

Según estimaciones, el proyecto contempla un presupuesto de 23 millones de pesos para su implementación, aunque Jiménez cuestiona que esos recursos podrían destinarse de manera más efectiva a educación y salud.

Experiencia internacional y postura institucional

El Dr. Jiménez recordó su participación en reuniones con otros jueces del país y organizaciones internacionales, así como con el Papa Francisco, quien se manifestó en contra de la reducción de la edad de imputabilidad.

La salida para los no punibles no es un juzgado penal ni la cárcel; es un juzgado de familia o de garantías de la niñez, donde se pueda proteger sus derechos”, afirmó.

Historias que muestran la vulnerabilidad

Rodrigo Morabito, Juez de Cámara de Responsabilidad Penal Juvenil de Catamarca

Durante el diálogo, Jiménez compartió un fragmento del escrito del Dr. Rodrigo Morabito, juez de menores de Catamarca, que ilustra la historia de un adolescente que llega al delito por hambre y abandono: “Cuando se deja caer un chico o chica, la violencia no desaparece; se multiplica. Las víctimas son también víctimas del abandono estatal”, concluyó.

Para el ex juez, la clave está en cuidar el presente de los niños, no solo su futuro: “El futuro de un niño va a estar marcado por el presente que hoy tiene, por el acompañamiento y las oportunidades que reciba”.

Finalmente, el Dr. César Raúl Jiménez nos invita a reflexionar sobre la necesidad de un enfoque integral de políticas públicas, prevención y reinserción para los jóvenes, frente a soluciones punitivas que podrían profundizar la vulnerabilidad de los menores. Para él, encarcelar adolescentes no resuelve el problema; la inversión en educación, salud y acompañamiento social es la vía para proteger los derechos infantiles y juveniles.

Baja de la edad de punibilidad, por Cesar Raúl Jiménez

En el plano legislativo estamos asistiendo a un proceso claramente regresivo, represivo y punitivista respecto de los niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal. Esta orientación desconoce los estándares internacionales en materia de derechos humanos y supone un grave retroceso en la protección integral de las infancias.

La edad mínima de responsabilidad penal ha sido objeto de un amplio consenso en el derecho internacional de los derechos humanos. En particular, el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas ha señalado de manera expresa la necesidad de no reducir dicha edad bajo ninguna circunstancia. Cabe recordar, además, que en la Argentina la edad mínima de 16 años fue establecida ya en diciembre de 1954 por la Ley 14.394, durante la presidencia de Juan Domingo Perón, como parte de una concepción protectoria de la infancia.

En este mismo sentido, el Comité de los Derechos del Niño de la ONU, en su Observación General Nº 24, emitida el 18 de diciembre de 2019 y referida a los derechos del niño en el sistema de justicia juvenil, sostuvo en el párrafo 22 que “el Comité encomia a los Estados que han fijado una edad mínima de responsabilidad penal juvenil relativamente alta, por ejemplo 15 o 16 años, e insta a los Estados partes a no reducirla en ninguna circunstancia”.

La población juvenil —y en particular aquella que se encuentra en situación de mayor vulnerabilidad— crece atravesada por expectativas de superación, aun cuando cargue con frustraciones y claudicaciones que no le son propias, sino que han sido generadas por el mundo adulto. Las carencias materiales, la exclusión social y la ausencia de horizontes vitales posibles empujan a muchos niños, niñas y adolescentes a transitar recorridos marcados por la violencia, allí donde el Estado ha estado históricamente ausente.

La justicia juvenil no puede reducirse a una respuesta penal. Es un campo complejo que involucra múltiples dimensiones, entre ellas la prevención del delito. Una sociedad que no invierte en prevención termina interviniendo exclusivamente a través de la represión. Como señala el maestro Jean Zermatten, “la prevención debe ser una obsesión, del mismo modo que lo es la privación de libertad”, en tanto ambas reflejan decisiones políticas sobre cómo abordar el conflicto social.

Asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que, cuando la situación de niños, niñas y adolescentes en contextos de calle los coloca en riesgo de cometer ilícitos o los involucra efectivamente en ellos, el Estado debe extremar las medidas de protección, realizando esfuerzos reforzados para garantizar su reintegración a la comunidad, permitiéndoles desempeñar un papel constructivo y productivo en la sociedad.

El análisis del proyecto de ley con media sanción evidencia un profundo desconocimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, que posee jerarquía constitucional, así como serias contradicciones con los estándares internacionales vigentes. Desde este espacio sostenemos la necesidad de un nuevo Régimen Penal Juvenil que reemplace al Decreto-Ley 22.278, heredado de la última dictadura cívico-militar, pero que lo haga en plena consonancia con la Convención y los tratados internacionales de derechos humanos.

Por todo ello, rechazamos el proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional, por constituir un retroceso en materia de derechos y una respuesta meramente punitiva frente a problemas estructurales.

Como expresó oportunamente el Papa Francisco: “el enfoque debe centrarse en la educación y la reinserción, advirtiendo que bajar la edad no reduce el delito y castiga la vulnerabilidad”.

Por el Dr. Cesar Raúl Jiménez, ex juez Correccional y de Menores.