Aspectos claves de las donaciones y su impacto en el derecho hereditario


En su reciente visita a los estudios de Radio Tupa Mbae, la abogada Lia Salto ofreció una detallada explicación sobre el complejo tema de las donaciones, diferenciándolas claramente de las herencias y explicando sus implicaciones legales.

Salto explicó que una donación es la transferencia gratuita de un bien, diferenciada de una herencia que ocurre tras el fallecimiento. Destacó que en Argentina, las donaciones deben respetar la porción legítima de herencia. También mencionó la “donación con reserva de usufructo”, donde el donante conserva el uso del bien. Resaltó la importancia de la aceptación formal de la donación mediante escritura pública para evitar conflictos legales y recomendó consultar a un profesional para manejar adecuadamente estos temas.

 

Salto inició la conversación aclarando que una donación se define como el acto mediante el cual una persona transfiere un bien, como una casa o un terreno, a otra persona de manera gratuita, sin esperar compensación. Este acto se distingue claramente de una herencia, que es el traspaso de bienes tras el fallecimiento de una persona.

Un aspecto fundamental que Salto abordó es la confusión común entre donaciones y herencias. Explicó que las donaciones realizadas en vida pueden tener limitaciones para no afectar el derecho a herencia de otros herederos. En Argentina, el Código Civil establece que los bienes donados no deben vulnerar la porción legítima que corresponde a cada heredero. Por ejemplo, si un individuo con una única vivienda decide donar esta propiedad a uno de sus hijos, está afectando los derechos hereditarios de los demás hijos, lo cual puede ser motivo de disputa.

Salto también habló sobre la figura de la “donación con reserva de usufructo”. Esta modalidad permite al donante conservar el derecho de uso y disfrute del bien donado durante su vida, mientras que la propiedad legal se transfiere al donatario. En este contexto, el usufructo otorga al donante el derecho a utilizar el bien o a recibir los frutos que este genere, como el alquiler de una propiedad.

Además, Salto explicó las condiciones que pueden acompañar a una donación, como establecer cargos o condiciones que el donatario debe cumplir para obtener la plena propiedad del bien. Si el donatario no cumple con estas condiciones, la donación puede ser revocada y el bien revertir al patrimonio del donante.

Un punto crucial que destacó es la necesidad de aceptación formal de la donación por parte del donatario. Sin esta aceptación, la donación no se considera válida. Este procedimiento debe realizarse a través de escritura pública, y la falta de aceptación puede llevar a complicaciones legales, como evidenció un caso donde un donante fallecido no dejó la donación formalmente aceptada, resultando en un conflicto sucesorio.

Salto concluyó subrayando la importancia de consultar con profesionales legales para evitar malentendidos y garantizar que las disposiciones patrimoniales se realicen conforme a la ley. La sesión, brindó valiosas perspectivas sobre el manejo de donaciones y herencias, aspectos que, aunque a menudo se confunden, tienen claras distinciones en el ámbito legal argentino.

La abogada Lia Salto, junto a la conductora Beatriz Piñeyro, en los estudios de Tupa Mbae