Desde hace tiempo, legisladores de distintos espacios políticos vienen presentando iniciativas para permitir la eutanasia, buscando eliminar los obstáculos legales para quienes, frente a enfermedades graves o discapacitantes, desean poner fin a su vida. Mientras Uruguay avanzó recientemente con una ley que regula este tema, en Argentina el debate continúa.
Cabe recordar que en 2012 el país dio un paso importante al aprobar la Ley de Muerte Digna, que otorga a los pacientes el derecho a rechazar procedimientos médicos que solo prolonguen la agonía o el sufrimiento en casos de enfermedad terminal.
El debate sobre la eutanasia volvió al centro de la escena política argentina. En los últimos años se presentaron en el Congreso al menos cinco proyectos de ley que buscan legalizar la “interrupción voluntaria de la vida” o regular el acceso a la “ayuda médica para morir dignamente”. Hasta el momento, ninguno fue tratado en el recinto, aunque el tema sigue generando repercusión social, sanitaria y ética.
Los proyectos en discusión
1. “Ley de Buena Muerte” (Diputados – UCR / Juntos por el Cambio)
Presentado por los diputados Alfredo Cornejo, Jimena Latorre y Alejandro Cacace, propone autorizar la eutanasia activa para personas con enfermedades graves, incurables o crónicas que generen sufrimiento físico o psíquico intolerable. El texto contempla protocolos médicos, consentimiento informado y cobertura por parte de obras sociales y prepagas. El proyecto no tuvo tratamiento formal desde su ingreso en 2021.
2. “Interrupción voluntaria de la vida” (Senado – Juntos por el Cambio)
Impulsado por los senadores Julio Cobos y Pamela Verasay, busca establecer un procedimiento regulado para quienes deseen poner fin a su vida de manera asistida. La iniciativa prevé la objeción de conciencia de los profesionales y una evaluación médica interdisciplinaria para garantizar que la decisión sea libre, informada y voluntaria.
3. “Ley Alfonso” (Diputadas del Frente de Todos)
Promovida por Gabriela Estévez, Mara Brawer, Carla Carrizo, Carolina Gaillard, Mónica Macha y otras legisladoras, fue presentada en diciembre de 2021. Establece el “derecho a recibir ayuda médica para morir dignamente” en casos de enfermedades irreversibles o sufrimiento intolerable. Lleva el nombre de Alfonso Oliva, un joven que pidió al Congreso debatir la eutanasia tras atravesar una enfermedad neurológica degenerativa.
4. Expediente 4855-D-2022
Firmado por la diputada Mara Brawer y otros integrantes del Frente de Todos, amplía el alcance de la “Ley Alfonso” al incluir tanto la eutanasia activa como el suicidio asistido. El texto propone modificaciones al Código Civil y Comercial, al Código Penal y a la Ley de Derechos del Paciente.
5. Expediente 1473-D-2023
Presentado por legisladores de distintos bloques —entre ellos Jimena Latorre, Lisandro Nieri, Pamela Verasay y Margarita Stolbizer—, regula el derecho a solicitar asistencia médica para poner fin a la vida. Exige diagnóstico de enfermedad incurable, consentimiento expreso y control institucional del proceso.
Qué dice la Iglesia Católica
La Iglesia Católica sostiene una posición firme contra la eutanasia, apoyándose en el Catecismo de la Iglesia Católica (n. 2277):
“La eutanasia directa, cualquiera que sea su forma, constituye un homicidio gravemente contrario a la dignidad de la persona humana y al respeto del Dios vivo.”
La Doctrina Social de la Iglesia (DSI) subraya que la vida humana tiene valor intrínseco y no depende de su utilidad o sufrimiento. Promueve los cuidados paliativos, el acompañamiento espiritual y el respeto a la muerte natural.
También distingue entre interrumpir tratamientos desproporcionados —lo que considera moralmente aceptable— y provocar activamente la muerte, que juzga inadmisible.
La aprobación de la eutanasia y del suicidio asistido busca postular como aceptable una práctica que, desde una perspectiva médica y bioética, resulta inaceptable, ya que se fundamenta en el respeto irrestricto a la dignidad humana. El acto de confrontar el sufrimiento suprimiendo la vida de quienes lo padecen evidencia una deficiencia del sistema sanitario y de la sociedad, la cual, en lugar de marginar a los más vulnerables, debería destinar sus esfuerzos y recursos principales a su cuidado y bienestar.
Es fundamental destacar que el marco legal argentino, a través de la Ley 26.742 de «Muerte Digna» (2012), si bien no legaliza la eutanasia, garantiza dos derechos esenciales que protegen la dignidad en el final de la vida. Por un lado, consagra la autonomía del paciente terminal, irreversible o incurable para rechazar procedimientos que resulten extraordinarios, desproporcionados o que tengan como único efecto la prolongación artificial de ese estadio (incluyendo hidratación y alimentación artificial). Por otro lado, la ley establece el derecho a recibir cuidados paliativos integrales para aliviar el dolor y mejorar la calidad de vida. Estos cuidados paliativos de calidad posibilitan ofrecer un trato humano y digno, preservando la dignidad aun en condiciones de dependencia total.
El Papa Francisco ha sido claro al afirmar que la eutanasia «nunca es una fuente de esperanza» y que se basa en una «visión utilitarista de la persona». La verdadera compasión, en contraste, se manifiesta en el acompañamiento y el alivio del dolor, no en la provocación intencionada de la muerte.

